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EL CRÉDITO PRIVADO AL SERVICIO DEL CAMPO |
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Artículo cedido por: María Gil
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Nuevos propietarios de tierras en Torreiglesias, merced a la intervención de una entidad particular d Crédito y Ahorro. "No podemos tolerar la deserción del campo -dijo en ocasión reciente el Ministro de Agricultura- porque sería la ruina. Los que dicen ya está bien de «Arriba el campo»se darían cuenta, quizá un poco tarde, de que España sólo está bien cuando el campo está alto, porque cuando baja, los primeros que lo sienten, mucho antes que vosotros, los campesinos, son los que se quejan porque les parece que el campo está arriba". Estas palabras, muestran bien claramente el grado de preocupación que el Gobierno siente por los problemas agrícolas. Su acción en el medio campesino se muestra en formas bien distintas. Una de ellas es la política de colonización que el Ministerio de Agricultura realiza por medio del Instituto Nacional correspondiente. Factor principalísimo en este punto es la Ley de Colonización de Interés Local, promulgada por el Caudillo el 25 de noviembre de 1940, la cual ha ido superando con el tiempo la experiencia y la exigencia de cada momento. Recientemente dicha disposición legal ha sido modificada por la Ley de 27 de Abril de 1946 con el propósito de imprimir una mayor intensidad y eficacia a la resolución de los problemas sociales del campo, dándoles mayor amplitud, tanto en las clases de obras auxiliares como en el concepto de posibles beneficiarios, puntos éstos en los que el Estado apoya la iniciativa de los campesinos y de los ganaderos. Como es sabido, el Instituto, mediante la Ley citada, concede dos clases de ayuda: Una económica, consistente en anticipos y subvenciones, y otra técnica, que proporciona a los campesinos gratuitamente, proyectos y otros informes de índole técnica. No es este momento oportuno para traer a colación la magnitud de un tema que desborda los estrechos límites de una escueta información. Sin embargo, podemos decir, resumiendo, que el Instituto ha concedido 19.741 auxilios hasta el día 1 de enero de 1951 por un valor de 209.429.451 pesetas, para obras de regadío, abastecimiento de aguas potables, construcción de viviendas, etc. Queremos consignar ahora un problema de honda trascendencia, suscitado en la cercana provincia de Segovia, concretamente en el término municipal de Torreiglesias y en la zona limítrofe de Peñarrubia. En esta comarca, un grupo de renteros venía cultivando unas 800 fanegas de buenas tierras de labor, cuya propiedad y cultivo directo estuvo antaño vinculada a un famoso linaje aristocrático. Con el transcurso de los años, la explotación perdió su carácter unitario al ser la tierra objeto de sucesivas divisiones y subdivisiones entre los colonos allí afincados, como consecuencia de particiones hereditarias sucesivas. Estos colonos, que han entregado a la tierra en que nacieron lo mejor de su vida y de sus ilusiones, aspiraban desde antaño a convertirse en propietarios de las parcelas entregadas a su cuidado. En documento privado otorgado en el año 1951, los propietarios de las citadas 800 fanegas se comprometieron a venderlas a los colonos por un precio total aproximado de 1.700.000 pesetas, del cual los colonos pagaron la mitad en el año indicado, dejando para el 30 de septiembre de 1952 el pago de la mitad restante. Al llegar esta fecha surgió un gravísimo inconveniente motivado por la distinta condición existente entre los colonos compradores. La diferencia arrancaba del hecho de que, poseyendo diferentes porciones de las tierras compradas y no siendo igual la situación económica de cada uno de ellos, existía un grupo decidido a aportar la parte de precio que le correspondía, mientras el resto no se encontraba en condiciones de hacer frente al vencimiento de la obligación. Mientras tanto, una Comisión de esos colonos se había puesto en contacto con la Delegación en Madrid de la entidad de Crédito y Ahorro, de Barcelona, «Cibeles, Caja Previsora de Crédito S.A.». Esta entidad acogió con simpatía la idea de prestar su concurso en la resolución de un problema de tanta trascendencia social como el planteado a los renteros de Torreiglesias, para hacer posible que una serie de esforzados labradores se convirtiese, merced al mecanismo crediticio en propietarios. Hay que hacer constar que el hecho de haber dejado transcurrir la fecha tope convenida para el pago definitivo de las tierras, había ocasionado, en parte, la pérdida de la cantidad entregada en 1951 como señal, a los propietarios vendedores. Ello hubiera significado, además, un golpe de muerte para los colonos que, de pronto hubiesen visto esfumarse definitivamente la posibilidad de convertir en. El día 30 de septiembre se trasladó a Torreiglesias el delegado de «Cibeles, Caja Previsora de Crédito S.A.», el cual reiteró el ofrecimiento de ayuda de la entidad a los colonos. Merced a sus activas gestiones, y a las del Secretario de la Hermandad de Labradores, logró aunar las voluntades de la inmensa mayoría de los colonos interesados, de tal manera, que sin pérdida de tiempo, pudo entregarse el resto del precio total a los vendedores de las tierras y la formalización de la escritura de compra-venta. «Cibeles, Caja Previsora de Crédito S.A.», aportó la cantidad de 400.000 pesetas, mediante la simple formalización con los renteros afectados, de unas solicitudes de préstamo que fueron cursadas a la Casa Central, radicada en Barcelona. Después de realizar las formalidades notariales de rigor, se reunieron en un acto íntimo una representación de los colonos, con el notario autorizante, y representantes de la entidad crediticia, que de manera tan efectiva ha contribuido a solucionar un problema de gran interés social y económico. (J.C.) |